
HOSPITAL PADRE HURTADO ENTREGA CREDENCIALES A PERSONAS CON ENFERMEDADES INFLAMATORIAS INTESTINALES PARA FACILITAR SU ACCESO A SERVICIOS SANITARIOS Y ATENCIÓN PREFERENTE
El usuario que porta esta credencial, es paciente del Hospital Padre Hurtado.
En el marco de la Ley N° 21.559, el Hospital Padre Hurtado inició la entrega de credenciales para personas con diagnóstico de Enfermedad Inflamatoria Intestinal (EII), que garantiza el acceso gratuito y sin restricciones a servicios higiénicos en establecimientos públicos y comerciales, y atención preferente en espacios de atención al público. Esta medida busca facilitar la vida diaria de quienes viven con estas enfermedades, promoviendo su dignidad, autonomía y no discriminación.
La credencial, emitida por el hospital, tiene como propósito facilitar la identificación de las personas con EII ante terceros, permitiéndoles ejercer su derecho a utilizar baños en lugares públicos y acceder a una atención preferente. Esta acción, se enmarca en una política pública de reconocimiento a las necesidades particulares de esta comunidad de pacientes, quienes muchas veces enfrentan barreras en la vida social y laboral.
Las enfermedades inflamatorias intestinales comprenden afecciones crónicas, como la colitis ulcerosa y la enfermedad de Crohn, que afectan el intestino delgado, el colon o ambos. Se presentan en forma de brotes y pueden generar síntomas como dolor abdominal, diarrea persistente, sangrado rectal, fatiga y pérdida de peso, impactando significativamente la calidad de vida.
Estas patologías suelen diagnosticarse entre los 20 y 40 años, aunque también se observan en población pediátrica y adulta mayor. Su tratamiento incluye diversos abordajes farmacológicos —como aminosalicilatos, corticoides, inmunomoduladores y terapias biológicas— y un seguimiento médico constante.
La Ley N° 21.559 tiene por objeto asegurar el respeto a la dignidad humana y la no discriminación de las personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promoviendo su integración en todos los espacios de la vida cotidiana. La normativa establece el acceso gratuito y expedito a baños en establecimientos comerciales y organismos del Estado, así como atención preferente en trámites y servicios públicos, en condiciones similares a las de las personas con discapacidad.
En caso de incumplimiento, la ley contempla sanciones que pueden alcanzar hasta 4 unidades tributarias mensuales (UTM), las cuales se duplican ante situaciones de reincidencia. Además, la normativa alienta la investigación científica en diagnóstico y tratamiento de estas enfermedades, mediante convenios con instituciones de educación superior.